martes, 7 de octubre de 2014

Colombia devolverá IVA a viajeros internacionales


Con la entrada en vigencia del Decreto 1903 que reglamenta la devolución a los turistas extranjeros de la totalidad del impuesto sobre las ventas por la compra de bienes gravados en el territorio nacional, por parte de la Dian, Colombia se fortalece como un destino atractivo para los viajeros internacionales y para la realización de eventos, convenciones y negocios.

Así lo afirmó la ministra de Comercio, Industria y Comercio, Cecilia Álvarez-Correa, quien celebró esta noticia que, además de responder a uno de los llamados que venían haciendo los gremios del sector turístico y comercial para ofrecer más incentivos a los turistas a la hora de hacer compras en Colombia, ubica al país en un lugar cada vez más competitivo para la atracción de viajeros.

Álvarez-Correa sostuvo que está demostrado que el turismo es uno de los sectores que logra una mayor redistribución de los ingresos entre su cadena productiva y de servicios y, por ello, cualquier iniciativa que mejore la experiencia del turista en Colombia redunda significativamente sobre los ingresos del sector.
Este Decreto fue trabajado conjuntamente entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda, la Dian y Cancillería y reglamenta la devolución del impuesto sobre las ventas a los turistas extranjeros no residentes en Colombia por la compra de bienes en el territorio nacional, y a los visitantes extranjeros no residentes en el país por la compra de bienes gravados, realizadas en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.

Para tal fin, se considera turista extranjero no residente a los nacionales de otros países que ingresan al territorio nacional temporalmente y para desarrollar actividades de descanso, esparcimiento, salud, eventos, convenciones o negocios, así como los visitantes de otros países que arriban a nuestros territorios en cruceros turísticos.
“Desde el Ministerio logramos que se incluyera dentro del Decreto un rango más amplio de calidades migratorias lo cual eleva la cobertura de actividades turísticas beneficiadas”, añadió.

La Ministra también destacó que el Decreto otorga derecho a la devolución del impuesto sobre bienes confecciones, calzado, marroquinería, artesanías, juguetería, lencería, joyería, entre otros, con lo cual se estimula la producción y ventas de las mipymes colombianas.

Indicó que esta iniciativa representa un avance en materia de devolución ágil y efectiva del impuesto. Para el trámite, el turista deberá presentar al momento de la salida del país el formulario de solicitud de devolución debidamente diligenciado; autorizar la consulta de sus registros migratorios, e informar una tarjeta de crédito internacional de las franquicias con las que tiene convenio la Dian para realizar el abono.

Además, deberá presentar y entregar copia del pasaporte original, el permiso de ingreso y permanencia, tarjeta migratoria o cualquier otro documento de ingreso que compruebe su estatus migratorio; entregar el original de la o las facturas en las que figure el solicitante de la devolución como titular y el comprobante de pago.

Álvarez-Correa resaltó que el MinCIT logró que se contemplaran mecanismos efectivos para la devolución de estos impuestos. Así las cosas, la Dian realizará los convenios necesarios con las entidades bancarias, empresas o instituciones financieras nacionales o extranjeras, para adelantar adecuadamente los abonos a las tarjetas de crédito internacionales por concepto de devolución del impuesto sobre las ventas.

Puntualizó afirmando que su cartera seguirá trabajando con las autoridades competentes para que los servicios turísticos y hoteleros también sean incluidos dentro de esta devolución.

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